Perfiles profesionales, criterios e indicadores para docentes, técnicos docentes y personal con funciones de dirección y de supervisión


El documento se organiza en los apartados siguientes:

1) Marco normativo, donde se indican los referentes legales en que se fundamentan los perfiles;

2) Principios, que aluden a los planteamientos académicos que sustentan su elaboración;

3) Propósitos, que señalan la intencionalidad de los perfiles;

4) Características, que señalan los rasgos que orientan su diseño;

5) Perfil docente y Perfil técnico docente,

6) Perfil directivo;

7) Perfil del supervisor escolar.



Cada perfil está conformado por dos partes:

- La primera describe qué se espera del desempeño de cada figura, con la intención de mostrar una visión global de las buenas prácticas de este personal;

- La segunda parte contiene los dominios, criterios e indicadores de cada figura señalada.

El Marco para la excelencia en la enseñanza y la gestión escolar en la Educación Básica, presenta perfiles únicos de la docencia, de la función directiva y de la supervisión escolar, en cualquier nivel, tipo de servicio o modalidad en Educación Básica, los cuales incluyen los saberes necesarios que las maestras y los maestros, los directivos y los supervisores despliegan en el ejercicio de su quehacer profesional para alcanzar una educación de excelencia.


Se espera que estos perfiles, dominios, criterios e indicadores representen lo más valioso de las funciones docente, técnico docente, directiva y de supervisión escolar, a la vez que den cuenta de un desempeño posible de llevar a cabo en las escuelas de Educación Básica en México, y de excelencia, dirigido al logro de los propósitos educativos con todos los alumnos en un marco de equidad, inclusión e interculturalidad.

Es importante aclarar que los perfiles de los asesores técnicos pedagógicos (ATP), asesores técnicos (AT) y tutores, serán diseñados posteriormente, conforme se aproximen los procesos de selección correspondientes y de acuerdo con el calendario establecido por la Secretaría. Asimismo, los perfiles de todas las figuras educativas serán revisados y ajustados en caso necesario, una vez que se cuente con el currículo diseñado en el marco de la Nueva Escuela Mexicana.

Perfiles profesionales, criterios e indicadores para docentes, técnicos docentes y personal con funciones de dirección y de supervisión




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El documento se organiza en los apartados siguientes: 1) Marco normativo, donde se indican los referentes legales en que se funda...

Disposiciones generales del proceso de selección para la admisión del personal con funciones docente y técnico docente en Educación Básica y en Educación Media Superior


Las presentes Disposiciones son aplicables para el Ciclo Escolar 2020-2021, y tienen por objeto regular el proceso de admisión al servicio público educativo a través del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en Educación Básica y en Educación Media Superior.

Para efectos de las presentes Disposiciones se utilizarán, además de las definiciones que se presentan a continuación, las establecidas en el artículo 7 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros:



a. Aspirante: a la persona que decide voluntariamente participar en la convocatoria pública del proceso de selección para la admisión y cumple con los requisitos establecidos en la misma, sin impedimento legal alguno.

b. Autoridad educativa de las entidades federativas: al ejecutivo de cada uno de los Estados y de la Ciudad de México, así como a las instancias que, en su caso, se establezcan para el ejercicio de la función social educativa.

c. Autoridades de educación media superior: a la instancia de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal encargada del ejercicio de la función social educativa en el tipo medio superior, los niveles que corresponda y su equivalente en las entidades federativas.

d. Calendario: a la programación de actividades establecido y publicado por la Unidad del Sistema para llevar a cabo cada una de las fases y etapas de los procesos de selección, previstos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y aplicable para el Ciclo Escolar 2020-2021.


e. Criterios para la conformación de la lista ordenada de resultados: a las reglas para el ordenamiento de mayor a menor de los resultados de la valoración de los elementos multifactoriales del proceso de selección.

f. Comisión: a la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.

g. Educación básica: a la que comprende los niveles de inicial, preescolar, primaria y secundaria, incluyendo la educación indígena, la educación física, la que se imparte en los centros de educación básica para adultos, así como el servicio de educación especial.

h. Educación media superior: a la que comprende los niveles de bachillerato, de profesional técnico bachiller, los demás niveles equivalentes a éste, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.

i. Listas ordenadas de resultados para la asignación de plazas en educación básica: a los listados que remite la Unidad del Sistema a las autoridades educativas de las entidades federativas, conformados con los resultados ordenados de la valoración de los elementos multifactoriales del proceso de selección; unos con los aspirantes egresados de las escuelas normales públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional y de los Centros de Actualización del Magisterio, y otros con los aspirantes egresados de distintas instituciones de educación superior.


j. Lista ordenada de resultados para la asignación de plazas en educación media superior: al listado que remite la Unidad del Sistema a las autoridades de educación media superior y a los organismos descentralizados, conformado con los resultados ordenados de la valoración de los elementos multifactoriales del proceso de selección.

k. Nombramiento: al documento que expiden las autoridades educativas de las entidades federativas, las autoridades de educación media superior o los organismos descentralizados para formalizar la relación jurídica con el personal docente y técnico docente, en los términos de la legislación laboral aplicable.

l. Observador: a la persona física o moral, debidamente acreditada ante las autoridades educativas de las entidades federativas, las autoridades de educación media superior y los organismos descentralizados que podrá estar presente en el proceso de selección con fines de observación, en las etapas que determine la Unidad del Sistema.

m. Organismo descentralizado: a la entidad paraestatal, federal o local, con personalidad jurídica y patrimonio propio que imparta educación media superior.

n. Plaza o plazas: a las de jornada y a las de hora/semana/mes, según corresponda.


o. Proceso de selección para la admisión: al que, a través de convocatorias, concurren los aspirantes en igualdad de condiciones, el cual será público, transparente, equitativo e imparcial para apreciar los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarias para el ejercicio de la función docente y técnico docente, con la finalidad de cubrir las vacantes que se presenten en el servicio público educativo y que contribuyan al aprendizaje y desarrollo integral de los educandos.

p. Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas: a la plataforma digital para el registro permanente y la ocupación de las plazas vacantes de funciones docente y técnico docente en educación básica o en educación media superior del proceso de selección para la admisión.

q. Taller de inducción regional y contextualizado: al que implementan las autoridades de educación media superior para el personal admitido al servicio público educativo mediante proceso de selección.

r. Tutor: al docente y técnico docente con funciones adicionales que, en la educación básica y media superior, tiene la responsabilidad de proporcionar un conjunto de acciones sistemáticas de acompañamiento, de apoyo y seguimiento personalizado al nuevo docente o técnico docente en su incorporación al servicio público educativo.

s. Valoración y reconocimiento diagnóstico al término del primer ciclo escolar: a la que se realiza con la finalidad exclusiva de fortalecer las capacidades, conocimientos y competencias profesionales del personal admitido mediante el proceso de selección.

Disposiciones generales del proceso de selección para la admisión del personal con funciones docente y técnico docente en Educación Básica y en Educación Media Superior




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Las presentes Disposiciones son aplicables para el Ciclo Escolar 2020-2021, y tienen por objeto regular el proceso de admisión al ...

Disposiciones específicas del proceso de selección para la admisión en Educación Básica


El presente documento describe el propósito y el marco general del proceso de selección para la admisión al Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, así como los mecanismos y procedimientos organizados en fases y etapas, en torno a los elementos multifactoriales que permitirán valorar a los aspirantes a ejercer las funciones docente y técnico docente en el servicio público educativo.



I. Propósito del proceso de selección para la admisión

Seleccionar a los aspirantes que cuenten con el perfil profesional, los conocimientos, aptitudes y experiencia para desempeñar las funciones docente y técnico docente a fin de incorporarlos al servicio público educativo en Educación Básica y contribuir al desarrollo integral y máximo logro de los aprendizajes de los educandos.


II. Marco general del proceso de selección para la admisión

El párrafo octavo del artículo 3o. constitucional establece que la admisión del personal que ejerza la función docente o técnico docente se realizará a través de procesos de selección. Asimismo, determina que en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros se establecerán las disposiciones para su implementación y su rectoría por parte de la Secretaría de Educación Pública en coordinación con las autoridades educativas de las entidades federativas.

Con base en las Disposiciones generales del proceso de selección para la admisión del personal con funciones docente y técnico docente en Educación Básica y en Educación Media Superior, Ciclo Escolar 2020-2021, emitidas por la Unidad del Sistema, que regulan el proceso de admisión al servicio público educativo a través del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en Educación Básica, se emiten las presentes Disposiciones específicas, en las cuales se establecen los mecanismos y procedimientos para la recopilación de información y la aplicación de los distintos elementos multifactoriales que conforman el proceso de selección para la admisión.


Para la participación en el proceso, se tienen como referentes el perfil profesional y los criterios e indicadores emitidos por la Unidad del Sistema, los cuales se describen a continuación:

1. Perfil profesional. Es el conjunto de características, requisitos, cualidades y aptitudes que deberá tener el aspirante a ejercer la función docente y técnico docente.

2. Criterios e indicadores. Son herramientas normativas que establecen lo que deben saber y ser capaces de hacer las maestras y los maestros para favorecer el aprendizaje y bienestar de los educandos. Se sustentan en los perfiles profesionales y su contenido es el referente de la buena práctica docente; permiten compartir significados, guiar su práctica, orientar los procesos de formación docente y alcanzar los objetivos educativos.

III. Descripción de los elementos multifactoriales para la admisión


Los elementos multifactoriales son aspectos cuantitativos y cualitativos que valoran los conocimientos, aptitudes y experiencia de los aspirantes a ejercer la función docente y técnico docente. Para efectos de valoración se clasifican en requisitos, factores, y componentes del Sistema de apreciación de conocimientos y aptitudes.

Dichos elementos multifactoriales se encuentran contenidos dentro de las tres fases del proceso de selección para la admisión: previa a la aplicación de las valoraciones; de la aplicación de las valoraciones; y, posterior a la aplicación de las valoraciones, como se muestra en la siguiente tabla.



Disposiciones específicas del proceso de selección para la admisión en Educación Básica



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El presente documento describe el propósito y el marco general del proceso de selección para la admisión al Sistema para la Carrer...

Calendario anual de los procesos de selección para la admisión, la promoción y el reconocimiento del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros 2020


La Secretaría de Educación Pública, a través de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, publica el presente Calendario anual de los procesos de selección para la admisión, la promoción y el reconocimiento del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, 2020, para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo séptimo del artículo tercero constitucional, respecto a que, la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, mismos que se realizarán bajo los principios de publicidad, transparencia, equidad e imparcialidad.



Video del paso a paso de los eventos y las fechas del proceso de admisión 2020 en Educación Básica y Educación Media Superior



En el marco de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM), se sientan las bases para reconocer la contribución a la transformación social de las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, y con relación al Calendario anual se establece lo siguiente:

- Es atribución de la Secretaría establecer, en coordinación con las autoridades educativas competentes, el calendario anual de los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento (Art. 14 Fracción XII. LGSCMM).

- Corresponde a las autoridades educativas de las entidades federativas, las autoridades de educación media superior y organismos descentralizados participar con la Secretaría en la elaboración del calendario anual, conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento. (Art. 15 Fracción VII y Art. 16 Fracción VII. LGSCMM).


- Corresponde a la Secretaría publicar el calendario en el que se precisan las fechas y plazos para la operación de los procesos de selección previstos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la entrada en vigor de la Ley. (Séptimo transitorio. LGSCMM).

Con base en lo anterior, para la elaboración del Calendario anual, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, participaron las autoridades educativas competentes, y en este, se precisaron las fechas y los plazos requeridos para efectuar los procesos de selección previstos en la Ley.

El Calendario anual considera las fechas, las actividades y los responsables de la operación de los procesos de selección a efectuarse para el Ciclo Escolar 2020-2021. Se integra con un primer apartado que presenta gráficamente fechas y actividades clave de la emisión de las disposiciones normativas, publicación de convocatorias, aplicación de las valoraciones de los procesos de selección y publicación de resultados; el segundo apartado corresponde a Educación Básica y detalla las actividades a desarrollar de cada uno de los procesos de selección; y el tercer apartado presenta lo correspondiente a Educación Media Superior.


Para el caso de la Evaluación Diagnóstica, prevista en la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación, la Secretaría de Educación Pública y la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación establecerán lo conducente para su desarrollo. Oportunamente, se darán a conocer las fechas y actividades que corresponden a esta evaluación.

Calendario anual de los procesos de selección para la admisión, la promoción y el reconocimiento del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros 2020



Descargar | Calendario Oficial 2020

La Secretaría de Educación Pública, a través de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros , publica el ...

Ficha temática # 2 de Buenas Prácticas para la Nueva Escuela Mexicana

Te comparto la Ficha # 2 de cada línea temática del compendio de Buenas Prácticas para la Nueva Escuela Mexicana.

a) Sumando Acciones Frente al Cambio Climático
b) Formación Cívica y Ética en la Vida Escolar
c) Aprendizaje Colaborativo en el Aula
d) Aprendizaje Colaborativo desde la Gestión Escolar
e) Escuela y Familias Dialogando
f) Inclusión.



Video con la explicación sobre cuál ficha debo de trabajar



Descargar guía de la tercera sesión de Consejo Técnico Escolar



Ficha # 2. Sumando acciones frente al cambio climático



Ficha # 2. Formación Cívica y Ética en la vida escolar



Ficha # 2. Aprendizaje colaborativo en el aula



Ficha # 2. Aprendizaje colaborativo desde la gestión escolar



Ficha # 2. Escuela y familias dialogando



Ficha # 2. Inclusión y diversidad


Te comparto la Ficha # 2 de cada línea temática del compendio de Buenas Prácticas para la Nueva Escuela Mexicana . a) Sumando Acciones F...

Guía de la Tercera Sesión Ordinaria de Consejo Técnico Escolar

La Secretaría de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación Básica, pone a disposición de los colectivos docentes la presente Guía de trabajo. Tercera Sesión Ordinaria de los Consejos Técnicos Escolares (CTE) que inicia con la invitación a escuchar y compartir opiniones acerca del mensaje del C. Esteban Moctezuma Barragán, Secretario de Educación Pública.



Mensaje de la Tercera Sesión del CTE del Secretario de Educación





Esta sesión consta de cuatro momentos; en el primero ¿CÓMO NOS FUE EN EL ENCUENTRO ENTRE ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA?, el colectivo compartirá, de manera general, sus impresiones sobre el encuentro, comentará los mitos que reconocieron respecto de los otros niveles educativos y valorará el logro de los propósitos de la sesión Encuentro entre escuelas.

En el segundo momento, REVISEMOS NUESTRO PROGRAMA ESCOLAR DE MEJORA CONTINUA (PEMC), se proyectará la entrevista a María Victoria Abregú sobre el Plan de mejora. Esta entrevista será el preámbulo para que el CTE revise e identifique los avances que tiene en su PEMC. Para ello, además se utilizará el anexo y la infografía que acompañan a esta Guía de trabajo. Cabe señalar que estos materiales también sirven como referente para que el colectivo haga los ajustes a su programa, en caso necesario.

El tercer momento, DEMOS CONTINUIDAD A NUESTRA LÍNEA TEMÁTICA: BUENAS PRÁCTICAS PARA LA NEM, estará dedicado a que el colectivo docente organice y desarrolle las actividades propuestas en la segunda ficha correspondiente a la línea temática que eligieron, en función de lo establecido en su PEMC, desde la primera sesión de CTE.

El cuarto y último momento de esta sesión, ORGANIZACIÓN ESCOLAR, corresponderá al tratamiento de los asuntos propios de cada escuela.

Es importante reiterar que la Guía de trabajo. Tercera Sesión Ordinaria de los Consejos Técnicos Escolares (CTE) es una propuesta que debe ser enriquecida con las experiencias y conocimientos de los docentes y directivos. Asimismo, es importante señalar que los productos de las sesiones de CTE son de utilidad exclusiva de la escuela y no están sujetos a procesos de control, ni deben representar una carga administrativa para los colectivos docentes.

Video María Victoria Abregú - El plan de mejora como motor de la escuela

Es un video de apoyo para la Tercera Sesión del Consejo Técnico Escolar 2019 cuyo objetivo es analizar los aspectos que la entrevistada menciona acerca de la planeación y que, según su punto de vista, resultan de importancia, en relación con nuestro Programa Escolar de Mejora Continua.



Video con la explicación de las actividades de la Tercera Sesión Ordinaria del CTE





Descargar Guía de la Tercera Sesión Ordinaria de Consejo Técnico Escolar




Ficha # 2 de cada línea temática



Descargar | Guía de la 3ra Sesión CTE

La Secretaría de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación Básica, pone a disposición de los colectivos docentes la pre...